jueves, 3 de diciembre de 2015

Objetivos de la protección portuaria

• Prevenir y disuadir el delito, actos ilícitos y sucesos que afecten al comercio marítimo
internacional.
• Evaluar las diferentes amenazas y vulnerabilidades de protección.
• Determinar cometidos, tareas y medidas de protección encaminados a disuadir, detectar y
dar respuesta a los actos ilícitos en el marco del tráfico marítimo internacional.
• Llevar a cabo evaluaciones de protección y su consecuente plan de protección.
• Aplicar directrices de protección en todos los sectores y funciones del puerto y a quienes
trabajen en él.
• Implementar un proceso sistemático de simulacros, ejercicios, prácticas y auditorías con
el fin de determinar y corregir fallos de la protección.

Implantación del código PBIP en Panamá

IMPLEMENTACIÓN DEL CÓDIGO PBIP ENPANAMÁ

Han transcurrido ocho años desde que entró en vigencia el Código Internacional de
Protección de los Buques e Instalaciones Portuarias (PBIP).
Efectivamente, desde el 1 de julio de 2004, las instalaciones portuarias certificadas (17), han
dado cumplimiento a las exigencias establecidas y se han sometido a auditorías externas
respectivas, a través del Departamento de Protección Portuaria de la Autoridad Marítima de
Panamá (AMP).

Proceso general de certificacion bajo el codigo PBIP

Fase No.1
Elaboración y Aprobación EPIP.

Fase No.2
Elaboración y Aprobación PPIP.

Fase No.3
Implementación del PPIP.

Fase No.4
Inspección y Auditoria.

Fase No.5
Emisión del Certificado PBIP.

Fase No.6
Verificación Obligatoria Anual de Cumplimiento

Comité de Protección Portuaria de Panamá

Datos importantes...

CREADO BAJO RESOLUCIÓN J.D. NO.009-2005 DE 29 DE JULIO DE 2005, PARA COLABORAR
CON LA AMP EN LA EJECUCIÓN DE LAS REGULACIONES DEL CAPÍTULO XI-2 DEL
CONVENIO SOLAS, EL CUAL ADOPTA EL CÓDIGO PBIP. 

Objetivo

La asesoría y consultoría en las reuniones de grupo entre los diferentes estamentos de seguridad del Estado en el análisis de información relativa a la protección y seguridad de los puertos de la República de Panamá y la colaboración con la AMP en la supervisión, ejecución y desarrollo de las regulaciones establecidas en el Código PBIP.

Marco Legal

• Decreto Ley 7 del 10 de febrero de 1998, por el cual se crea la Autoridad Marítima de Panamá.
• Resolución ADM No. 140-2003 de 15 de mayo de 2003. (Adopción inicial del Código PBIP).
• Ley No. 56 de 6 de agosto de 2008. (Ley General de Puertos-Capítulo XIV-Gestión de Protección y   Seguridad Portuaria)
• Resolución JD-N°55- de 18 de septiembre de 2008. (Estrategia Marítima Nacional- Objetivo               Estratégico 5- Protección y Seguridad).

Funciones del comité de protección portuaria de Panamá

A continuación, veremos las diferentes misiones del comité de protección portuaria de Panamá.

•Desarrollar procedimientos y acuerdos de cooperación entre las Instituciones en materias de protección de las instalaciones portuarias y de los puertos.
• Elaborar recomendaciones a la Autoridad Marítima de Panamá, para la protección de las instalaciones portuarias y de los puertos.
• Asistir a la Autoridad Marítima de Panamá cuando se declare estado de urgencia nacional.
• Colaborar en la programación y desarrollo de los ejercicios y prácticas en materia de protección en las instalaciones portuarias y los puertos.
• Cualquiera otra función directamente relacionada con la protección de las instalaciones portuarias que la Autoridad Marítima de Panamá (AMP) determine.

Seguridad Portuaria

Para entender un poco como trabaja la seguridad portuaria, hay que entender primero bajo que reglamentos se rige.

El Código internacional para la protección de los buques y de las instalaciones portuarias, (también conocido como Código ISPS) es un código adoptado por la Organización Marítima Internacional (OMI), para establecer un marco internacional, en el ámbito marítimo, de cooperación para detectar amenazas y adoptar medidas preventivas.

En la reunión de la 22ª Asamblea de la OMI, celebrada en noviembre de 2001 y debido a los atentados del 11 de septiembre y sus consecuencias, se acordó por unanimidad que deberían elaborarse nuevas medidas legislativas relativas a la protección de los buques e instalaciones portuarias. Estas medidas fueron adoptadas en una Conferencia de los Gobiernos Contratantes (GGCC) del SOLAS (Conferencia Diplomática sobre Protección Marítima), en diciembre de 2002, con el nombre de Código Internacional para la Protección de los Buques y de las Instalaciones Portuarias , entrando en vigor en julio de 2004.

Es la primera vez que la OMI elabora normativa que afecta a instalaciones portuarias, aunque solo a lo que respecta a la interfaz buque-puerto.

Estas disposiciones pueden suponer una considerable carga para algunos gobiernos, en la medida que representan un cambio en el enfoque de la seguridad del sector marítimo internacional. Por eso se reconoce la importancia de la cooperación técnica, para ayudar a estos gobiernos a implantar las disposiciones del Código.